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FRONFRÍA: YA HAN SIDO PRESENTADAS SENDAS DENUNCIAS

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Los Verdes tenemos principios y actuamos en consecuencia. Es decir, con coherencia. Y si ayer adelantábamos que formularíamos denuncia contra MSP por los vertidos al arroyo de "las tres canales" en el pueblo de Caboalles de Abajo, hoy confirmamos que hemos presentado dos denuncias. Una, ante los servicios del SEPRONA de Villablino y otra, ante la Confederación Hidrográfica del Norte.

Seguimos exactamente el mismo procedimiento que en su día utilizamos por un caso de similar naturaleza, pero referido a la explotación de El Feixolín y cuyas aguas contaminadas fueron vertidas al río de Orallo. El resultado obtenido fue la imposición de una leve sanción económica a MSP por parte de la Confederación y el sobreseimiento por el Juzgado de Villablino del procedimiento iniciado por la denuncia formulada por el SEPRONA, invocando el art. 641.1º de la Ley de enjuiciamiento criminal, que dispone que "procederá el sobreseimiento provisional cuando no resulte debidamente justificada la perpetración del delito que haya dado motivo a la formación de la causa".

Naturalmente, acatamos la decisión judicial pero ni la compartimos ni la entendemos. Máxime, al comprobar que la Confederación sí concluyó que se había cometido una infracción grave y por ello la sancionó.

Pero lo más sorprendente, es la argumentación que en su auto de 26 de octubre de 2007, hace el Juzgado de Villablino, para proceder al sobreseimiento.

"Practicadas las diligencias necesarias para el esclarecimiento de los hechos, se constata que, pese a que hubo indicios para proceder frente a la entidad MSP, S.A. por un delito contra los recursos naturales, lo cierto es que el informe elaborado por los miembros de la Patrulla del Servicio de Protección de la Naturaleza con fecha de 27 de agosto de 2007 (a requerimiento de este juzgado de 23 de agosto) es inconcluyente al respecto, debido a la época del año en que nos encontramos. Ello sumado a las importantes precipitaciones caídas en el mes de octubre pasado, tal y como resulta de la documental incorporada a la causa, abre dudas sobre la realidad de los hechos. Las fotografías realizadas por el denunciante muestran un paraje deplorable, si bien no pueden suplir el correspondiente análisis químico de las aguas por los servicios competentes que arrojara luz suficiente sobre los hechos"

Al hilo de todo esto se imponen los siguientes comentarios:

1º) Todo parece indicar que el Informe elaborado por los Servicios del SEPRONA, no es lo suficientemente concluyente. Lo que nos deja literalmente atónitos. Porque al margen de las pruebas gráficas presentadas, se supone que también han realizado la correspondiente visita ocular. Y las manchas de aceites usados en la superficie del río de Orallo, han sido visibles durante varios días.

2º) Tampoco entendemos, ni nos parece que se puedan invocar las precipitaciones caídas en esa época. Porque sería tanto como concluir que son las responsables de la rotura de las balsas de El Feixolín. Cuando en realidad, el garantizar su seguridad, corresponde sola y exclusivamente a la MSP. Además, se obvia que esas balsas, al igual que la explotación en su conjunto son ilegales. Y así está sentenciado por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

3º) Se reconoce que, " las fotografías realizadas por el denunciante muestran un paraje deplorable", pero se duda sobre la realidad de los hechos. Tampoco lo entendemos. Y menos aún, que pese a la incuestionable presencia de manchas de aceites usados, se argumente que para disipar esas dudas se requiera la realización de análisis químicos. Ojalá se hubiera ordenado en su momento la realización. Quizá hubieran arrojado datos aún más escalofriantes, como la presencia de otras sustancias de alta toxicidad. Por ejemplo, restos de dinamita. Pero sólo faltaría, que además de denunciar tuviéramos que costearnos esos análisis químicos.

En fin, son muchas las dudas que tenemos sobre la instrucción de este caso. Y ahora la esperanza que albergamos, es que en esta nueva denuncia las cosas se hagan de diferente manera. Porque al igual que en el caso de El Feixolín, la presencia de aceites usados (fijarse en la foto) en los vertidos es incuestionable. Y hemos de recordar, que tanto la normativa española como la directiva comunitaria que regula el uso y reciclaje de estos productos es muy estricta. Sólo exigimos que se cumpla y se proceda en consecuencia contra aquellos que la incumplan. Ni nada más ni nada menos.

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