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Los Verdes tenemos principios y actuamos en consecuencia. Es decir, con
coherencia. Y si ayer adelantábamos que formularíamos denuncia contra
MSP por los vertidos al arroyo de "las tres canales" en el pueblo de
Caboalles de Abajo, hoy confirmamos que hemos presentado dos denuncias.
Una, ante los servicios del SEPRONA de Villablino y otra,
ante la Confederación
Hidrográfica del Norte.
Seguimos exactamente el mismo procedimiento que en su día
utilizamos por un caso de similar naturaleza, pero referido a la
explotación de El Feixolín y cuyas aguas contaminadas fueron vertidas al
río de Orallo. El resultado obtenido fue la imposición de una leve
sanción económica a MSP por parte de la Confederación y el
sobreseimiento por el Juzgado de Villablino del procedimiento iniciado
por la denuncia formulada por el SEPRONA, invocando el art. 641.1º de la
Ley de enjuiciamiento criminal, que dispone que "procederá el
sobreseimiento provisional cuando no resulte debidamente justificada la
perpetración del delito que haya dado motivo a la formación de la causa".
Naturalmente, acatamos la decisión judicial pero ni la
compartimos ni la entendemos. Máxime, al comprobar que la Confederación
sí concluyó que se había cometido una infracción grave y por ello la
sancionó.
Pero lo más sorprendente, es la argumentación que en su
auto de 26 de octubre de 2007, hace el Juzgado de Villablino, para
proceder al sobreseimiento.
"Practicadas las diligencias necesarias para el
esclarecimiento de los hechos, se constata que, pese a que hubo indicios
para proceder frente a la entidad MSP, S.A. por un delito contra los
recursos naturales, lo cierto es que el informe elaborado por los
miembros de la Patrulla del Servicio de Protección de la Naturaleza con
fecha de 27 de agosto de 2007 (a requerimiento de este juzgado de 23 de
agosto) es inconcluyente al respecto, debido a la época del año en que
nos encontramos. Ello sumado a las importantes precipitaciones caídas en
el mes de octubre pasado, tal y como resulta de la documental
incorporada a la causa, abre dudas sobre la realidad de los hechos. Las
fotografías realizadas por el denunciante muestran un paraje deplorable,
si bien no pueden suplir el correspondiente análisis químico de las
aguas por los servicios competentes que arrojara luz suficiente sobre
los hechos"
Al hilo de todo esto se imponen los siguientes
comentarios:
1º) Todo parece indicar que el Informe elaborado por los
Servicios del SEPRONA, no es lo suficientemente concluyente. Lo que nos
deja literalmente atónitos. Porque al margen de las pruebas gráficas
presentadas, se supone que también han realizado la correspondiente
visita ocular. Y las manchas de aceites usados en la superficie del río
de Orallo, han sido visibles durante varios días.
2º) Tampoco entendemos, ni nos parece que se puedan
invocar las precipitaciones caídas en esa época. Porque sería tanto como
concluir que son las responsables de la rotura de las balsas de El
Feixolín. Cuando en realidad, el garantizar su seguridad, corresponde
sola y exclusivamente a la MSP. Además, se obvia que esas balsas, al
igual que la explotación en su conjunto son ilegales. Y así está
sentenciado por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
3º) Se reconoce que, " las fotografías realizadas por
el denunciante muestran un paraje deplorable", pero se duda sobre la
realidad de los hechos. Tampoco lo entendemos. Y menos aún, que pese a
la incuestionable presencia de manchas de aceites usados, se argumente
que para disipar esas dudas se requiera la realización de análisis
químicos. Ojalá se hubiera ordenado en su momento la realización. Quizá
hubieran arrojado datos aún más escalofriantes, como la presencia de
otras sustancias de alta toxicidad. Por ejemplo, restos de dinamita.
Pero sólo faltaría, que además de denunciar tuviéramos que costearnos
esos análisis químicos.
En fin, son muchas las dudas que tenemos sobre la
instrucción de este caso. Y ahora la esperanza que albergamos, es que en
esta nueva denuncia las cosas se hagan de diferente manera. Porque al
igual que en el caso de El Feixolín, la presencia de aceites usados
(fijarse en la foto) en los vertidos es incuestionable. Y hemos de
recordar, que tanto la normativa española como la directiva comunitaria
que regula el uso y reciclaje de estos productos es muy estricta. Sólo
exigimos que se cumpla y se proceda en consecuencia contra aquellos que
la incumplan. Ni nada más ni nada menos.
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