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Señora alcaldesa del Ayuntamiento de Villablino
DENUNCIA POR INCUMPLIMIENTO DE LA LEGISLACIÓN Y POSIBLE CONTAMINACIÓN
DEL AGUA DEL ABASTECIMIENTO PÚBLICO DOMICILIARIO
“La Ley de Bases del Régimen Local, en su artículo
25.3.1, establece que corresponde a las Corporaciones Locales la
competencia para el suministro de agua potable a la población, la
recogida y evacuación del agua residual, así como su tratamiento antes
de verterse a los cauces públicos. A tal efecto, todos los Municipios,
por si o asociados, deberán prestar los servicios de abastecimiento
domiciliario y de saneamiento”.
A tenor de los datos que obran en nuestro poder, no
ofrece la menor duda de que el Ayuntamiento de Villablino está
incumpliendo gravemente con sus obligaciones en materia de depuración en
el suministro de agua potable. Así como en el tratamiento de las aguas
residuales.
1)
- La Confederación Hidrográfica ha otorgado
en su día al Ayuntamiento de Villablino, una concesión de 20 litros por
segundo en el río de Sosas.
2)
- Dicha concesión está siendo utilizada
para el suministro de agua potable a los habitantes de diversas
localidades del municipio.
3)
En el mes de mayo de 1.996, la Junta
Vecinal de Sosas y la empresa Minero Siderúrgica de Ponferrada (MSP)
suscriben un convenio para la ocupación de terrenos en el monte de
utilidad pública Nº 276, así como para la construcción de pistas y otras
instalaciones mineras.
4)
Para sus necesidades de explotación, la
empresa MSP se compromete expresamente a utilizar el agua del “arroyo de
monte oscuro”. Así como al tratamiento de las aguas residuales antes de
verterse al río de Sosas. Para ello se compromete a construir las
correspondientes balsas de decantación, que estarán cerradas para evitar
accidentes.
Pues bien, con una simple visita a dichas instalaciones,
hoy en estado de abandono, se puede constatar el flagrante
incumplimiento del referido punto 4.
a)
– Las balsas han sido efectivamente
construidas, pero el agua sale de ellas sin que se opere el menor
tratamiento de depuración. Tampoco están cerradas, con el consiguiente
peligro para las personas y toda clase de especies animales.
b)
– El agua, altamente contaminada, vierte
directamente al río de Sosas.
Pero lo incomprensible, es que el vertido de esa agua se
sitúe a una cota superior y a escasa distancia de la captación de agua
potable del Ayuntamiento.
Naturalmente, no constituye ninguna temeridad afirmar
que además de la contaminación del agua del río de Sosas, también se
están contaminando las capas freáticas por las filtraciones que
diariamente se producen.
Lo que sí es una temeridad, es que las autoridades
locales hagan prueba de tanta irresponsabilidad. Máxime, cuando con su
actitud están poniendo en riesgo la salud de la población de Laciana.
En esta como en otras muchas actuaciones de la MSP, se
evidencia la arbitrariedad en la actuación municipal. A ningún vecino se
le permitirían actuaciones de esta naturaleza.
Nuestra Organización ha realizado un estudio exhaustivo
de este grave problema y está en posesión de una amplia documentación
gráfica, de la que hará la correspondiente divulgación. Al mismo tiempo,
ponemos en su conocimiento que de la presente denuncia daremos traslado
a las diferentes autoridades competentes en la materia.
Villablino, a 01 de junio de 2005
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