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APROBADA UNA NUEVA DIRECTIVA PARA CONTROLAR
LOS RESIDUOS MINEROS

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Aportación de Víctor, miembro de Los Verdes de Cacabelos (León)

 

Con la intención de prevenir graves accidentes, como el acaecido en Aznalcóllar (Sevilla) en 1998, como principal objetivo; el Parlamento Europeo ha aprobado definitivamente una nueva directiva que marca ciertos requisitos mínimos en materia de gestión de balsas y escombreras de residuos mineros.

 Hasta la fecha, el tratamiento de los residuos de las industrias extractivas está cubierto por la directiva marco de residuos de 1975 y la directiva de vertidos de 1999; pero desde la ocurrencia de graves accidentes como en de Baia Mare (Rumanía) o el de Aznalcóllar, donde en 1998 se rompió el dique de contención de una balsa de residuos de la empresa Boliden,  cerca del parque natural de Doñana, han impulsado a la Comisión Europea a proponer una norma específica sobre la protección de este tipo de instalaciones.

Este tipo de residuos, suponen una quinta parte de los residuos totales generados anualmente en la UE (unos 400 millones de toneladas)

El plazo mínimo de aplicación de esta nueva Directiva (ley-marco) en los Estados miembros, es de dos años y en ella se fijan condiciones para la concesión de licencias de explotación y reglas para la gestión de residuos y la seguridad de las instalaciones.

Una de las principales novedades, es la obligación por parte de las entidades explotadoras, de contar con planes de cierre de las mismas y de disponer de una garantía financiera apropiada que pueda sufragar costes derivados de posibles accidentes, evitando así que, llegado el caso, se declaren insolventes.

El texto fue previamente aprobado por los representantes de la Eurocámara y le Consejo, que prevé que las empresas deberán contar con fondos, no sólo para reparar posibles desperfectos en sus instalaciones, sino también para la rehabilitación y vuelta a su estado original, del posible terreno afectado por un vertido.

Otra novedad de esta directiva es que obliga a las empresas a garantizar la vigilancia de los residuos de extracción y el hueco de excavación donde se almacenen, además de prevenir la contaminación del suelo, de las aguas superficiales y subterráneas.

En los casos de una nueva instalación o de reforma de una ya existente, será la empresa la responsable de que su ubicación respete las normas relativas a zonas protegidas y se adecúe a los factores geológicos, hidrológicos, hidrogeológicos, sísmicos y geotécnicos del terreno.

La nueva directiva obliga también a los Estados miembros a realizar un inventario actualizado de las instalaciones de residuos cerradas o abandonadas, que supongan un peligro potencial para el medio ambiente y la salud humana y a definir medidas para minimizar este riesgo.
 

 

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