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REUNIDOS
Villablino, a uno de agosto de dos
mil uno
De una parte, GUILLERMO MURIAS ANDONEGUI, Alcalde
Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Villablino, asistido de la
secretaria accidental MARIA DEL CARMEN BARDON OTERO
De otra parte, JUAN ANTONIO MARTIN MORENO en sustitución
de D. VICTORINO ALONSO GARCÍA y en representación de Minero Siderúrgica
de Ponferrada SA, de Unión Minera del Norte SA. DISTRIBUIDORA ELECTRICA
DEL SIL. SL y de las empresas que trabajen directa o indirectamente para
las anteriores, cuya identificación sea comunicada al Ayuntamiento de
Villablino por directivos de estas sociedades.
INTERVINEN
GUILLERMO MURIAS ANDONEGUI, Alcalde Presidente del Excmo.
Ayuntamiento de Villablino facultado para este acto en virtud de sus
propias competencias señaladas en el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2
de abril y MARIA DEL CARMEN BARDON OTERO para dar fe de acto en los
términos establecidos en el artículo 113 regla 6ª del Real Decreto
Legislativo 781/1986, de 18 de abril.
JUAN ANTONIO MARTIN MORENO, en nombre y representación de
la entidad mercantil Minero Siderúrgica de Ponferrada SA. Cuyos poderes
y facultades vigentes se incorporan al presente convenio y con poderes
suficientes en las demás empresas objeto de este Convenio.
EXPONEN
1.
Que la Junta Vecinal de Villaseca de
Laciana es titular del Monte de Utilidad Pública “TABLADO Y AGREGADOS”
incluido en el Catálogo con el número 283 y que la Junta Vecinal del
Villar de Santiago es titular del Monte de Utilidad Pública “SAN JUSTO Y
LA REBERTA” incluido en el Catálogo con el número 280.
Que la entidad Minero Siderúrgica de Ponferrada SA. (en
adelante MSP) pretende la ocupación de 102.3196 hectáreas de los citados
montes para ejercer la actividad de EXPLOTACION MINERA A CIELO ABIERTO
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2. Que la Junta Vecinal de Orallo es titular del Monte de
Utilidad Pública “CHAO DEL FUEGO Y DE LA MATA” incluido en el Catálogo
con el número 271 y que la Junta Vecinal de Caboalles de Abajo es
titular del Monte de Utilidad Pública de “CARRACEDO Y AGREGADOS”
incluido en el Catálogo con el número 268.
Que la entidad MSP pretende la ocupación de 268.67
hectáreas de los citados montes para ejercer la actividad de EXPLOTACION
MINERA A CIELO ABIERTO.
3. Que habiendo sido revocada la aprobación inicial de la
Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana en la
ateniente al suelo rústico mediante resolución que se incorpora como
anexo, no existe obstáculo jurídico alguno para la celebración del
presente Convenio.
4. Que ambas partes han llegado a un acuerdo para dirimir
sus divergencias sobre la aplicación del anterior Convenio y regular a
través del presente convenio administrativo los derechos y obligaciones
dimanantes del mismo y que se concretan en las siguientes
CLAUSULAS
PRIMERA.- El Ayuntamiento en los plazos previstos en la
Ley 5/93 y 5/99 de Actividades Clasificadas y de Urbanismo de Castilla y
León a partir de la autorización de la Evaluación de Impacto Ambiental
por la Delegación Territorial de la Junta concederá cuantas
autorizaciones municipales fueran necesarias para el desarrollo de los
proyectos de minería a cielo abierto denominados FONFRIA y LADRONES que
afectan a 371 hectáreas y a las que se refieren el Exponiendo de este
Convenio.
SEGUNDA.- El periodo de vigencia del presente Convenio
será de cuatro años contados a partir del momento en que se inicien
efectivamente las explotaciones de Fonfría o Ladrones,
independientemente de lo que dure la actividad des estas cortas. Antes
de su finalización, ambas partes de volverán a reunir.
TERCERA.- MSP y Ayuntamiento de Villablino dan por
resulto el acuerdo suscrito entre ambos el 30 de mayo de 1196 y
renuncian expresamente a realizar reclamaciones económicas a las que el
texto mencionado pudiera eventualmente dar derecho, independientemente
de las contenidas en el presente Convenio.
CUARTA.- El Ayuntamiento otorgará todas las
autorizaciones municipales que sean necesarias y oportunas para la
adecuada actividad en las explotaciones, accesos o infraestructuras de
los exponendos 1. 2.
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Como contraprestación a estas aportaciones del
Ayuntamiento de Villablino a este Convenio, MSP en nombre de todas las
sociedades que representa aportará una cantidad total de TRESCIENTOS
DIEZ MILLONES (310.000.000) DE PESETAS. Este importe será satisfecho de
la siguiente forma
a)
CUARENTA MILLONES (40.000.000) DE PESETAS
anuales durante cada uno de los cuatro años de vigencia de este
Convenio, distribuidos en doceavas partes, cuyo primer plazo se abonará
el mes siguiente al inicio de la primera explotación nueva a cielo
abierto, incluyendo el periodo restante del ejercicio 2001
b)
TREINTA MILLONES (30.000.000) DE PESETAS
anuales durante cada uno de los cuatro años en los productos o servicios
siguientes
-
Hormigón entregado en cubas
-
Aglomerado extendido en obra completa
-
Carbón
-
Energía Eléctrica
-
Etc.
-
Por el importe de los encargos realizados por el
Ayuntamiento de Villablino, MSP emitirá factura a la que el Ayuntamiento
debe dar conformidad expresa en el plazo de quince días. A tal efecto se
creará una cuenta corriente en la que se cargarán las facturas emitidas
por MSP y se abonarán los 30 millones citados anteriormente y cualquier
otro pago que por otra causa tuviera que hacer MSP al Ayuntamiento. Las
liquidaciones de la cuenta corriente se efectuarán trimestralmente.
Adicionalmente a los pagos descritos MSP abonará de una
sola vez TREINTA MILLONES (30.000.000) DE PESETAS, al día siguiente de
la concesión formal de la primera licencia municipal correspondiente a
la explotación de FONFRÍA.
SEXTA.- Se consideran anexo del presente Convenio los
proyectos existentes en el Ayuntamiento de dichas explotaciones, el
convenio revocando la aprobación inicial de la modificación del PGOU y
el protocolo de intenciones de promoción de actuaciones empresariales de
esta misma fecha.
SEPTIMA.- Las obligaciones y derechos dimanantes del
presente Convenio quedan sometidos en cuanto a efectividad a la
condición suspensiva de que por parte de MSP se obtengan las
autorizaciones previas de la Junta de Castilla y León preceptivas para
el ejercicio de las explotaciones mineras citadas en el mismo
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OCTAVA.- El presente Convenio se formaliza en documento
administrativo. No obstante, podrá elevarse a escritura pública a
instancia de MSP, siendo a su costa los gastos derivados de su
otorgamiento.
NOVENA.- El presente Convenio tiene naturaleza
administrativa siéndole de aplicación en lo previsto en el mismo, la
normativa vigente sobre contratación de las administraciones públicas y
las cuestiones sobre su interpretación, ejecución o resolución son
residenciales ante la Jurisdicción contencioso administrativa.
DECIMA.- Minero Siderúrgica de Ponferrada SA. Consciente
de los valores medioambientales de la Comarca, se compromete a realizar
todos los trabajos necesarios para lograr una optima restauración de los
espacios ocupados por las explotaciones mineras. Asimismo cuidará
especialmente de liberar el territorio ocupado por las concesiones
mineras de cualquier ruina minera no aprovechable económicamente.
Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, las
partes en la representación en que intervienen firman el presente
Convenio por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha señalados en el
encabezamiento.
Por Minero Siderúrgica de Ponferrada SA
Por el Ayuntamiento de Villablino
Juan Antonio Martín
Moreno Guillermo Murias Andonegui
PROTOCOLO DE INTENCIONES
Minero Siderúrgica de Ponferrada SA y el Ayuntamiento de
Villablino, conscientes de la dificultad inherente al proceso de
reindustrialización y desarrollo alternativo de la comarca de Laciana y
entendiendo las dificultades de toda índole que encuentra cualquier
inversor foráneo para establecerse en la zona, acuerdan aunar esfuerzos
para promover actuaciones empresariales alternativas a la minería de
carbón y manifiestan su intención de acometer las siguientes
iniciativas:
MSP se compromete a participar activamente en las gestión
de un Consorcio (Artículo 6 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre)
Fundación o cualquier otra persona jurídica que se considera adecuada
que se constituya junto con el Ayuntamiento de Villablino y cualquier
otra entidad jurídica pública y/o privada cuyo objeto sea la promoción y
desarrollo de empresas o entes que asuman Proyectos de diversificación
de actividades económicas en Laciana.
Cuando los proyectos no sean promovidos por MSP la
participación que esta Sociedad, en su caso pueda realizar en el capital
social se limitará a un máximo del 49% no asumiendo en ningún caso
responsabilidades de gestión y/o administración. Todos los proyectos de
inversión deberán demostrar su rentabilidad y viabilidad económica. El
reembolso, en su caso de esta participación deberá quedar razonablemente
asegurado en términos mercantiles. En el supuesto de que los proyectos
sean promovidos por MSP y el Ayuntamiento los considere convenientes
para el desarrollo de la comarca de Laciana, esta institución otorgará
todos los incentivos y estímulos que la legislación vigente posibilite.
Igualmente se tramitarán con carácter prioritario todos los permisos y
licencias municipales necesarios.
Para esta primera fase temporal, coincidiendo con la
vigencia del actual Plan de la Minería, se contempla como objetivo que
la persona jurídica o ente que se constituya para esta fin, prevista en
este Protocolo, canalice unos recursos de hasta 5.000 MPTA en proyectos
concretos. Su aplicación será individualizada por proyectos.
En todo caso, MSP se compromete a aportar toda su
capacidad de gestión y de análisis técnico y financiero para colaborar
con cualquier iniciativa planteada a través de este instrumento de tal
forma que, ajustándose a la normativa vigente, permita mejorar el tejido
industrial y económico del la Comarca de Laciana.
Por Minero Siderúrgica de Ponferrada
Por el Ayuntamiento de Villablino
Juan Antonio Martín
Moreno Guillermo
Murias Andonegui
Lee o
descarga el convenio firmado por Guillermo Murias y Juan Antonio Martín
en agosto de 2001. Y sobre todo, el PROTOCOLO DE INTENCIONES. Si
encuentras el rastro de los 5.000.000.000 de pesetas que se prometieron
para inversiones nos avisas. Porque nosotros lo estamos buscando desde
hace tiempo, pero hasta ahora sin éxito.
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