|
PROYECTO DE CONVENIO ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE VILLABLINO
Y LA EMPRESA MINERO SIDERURGICA DE PONFERRADA, S.A.
Así reza el punto 4
del orden del día de la sesión del Pleno de la Corporación, celebrada el
3 de julio de 1989.
3 de julio de 1989
-
El Alcalde socialista, Jesús Fernández, somete a la
consideración del Pleno de la Corporación la aprobación de un convenio
suscrito entre el Ayuntamiento y MSP.
El citado convenio que ha sido elaborado sólo con la participación de
los grupos PSOE y PP, contempla entre otras muchas actuaciones, la
concesión a MSP de la licencia de obra para la construcción de un
Lavadero de Carbón en las inmediaciones del barrio de Colominas de
Villablino.
Ante tamaño disparate y a petición del portavoz del grupo de
Independientes Lacianiegos, se aprueba por unanimidad que este asunto
quede sobre la mesa, para mejor estudio.
2 de
agosto de 1989
– De
nuevo el asunto vuelve al Pleno.
En pleno período vacacional, el Alcalde aprovechando la ausencia de buen
número de concejales de la oposición, vuelve a incluir en el orden del
día de la sesión plenaria de la Corporación, el proyecto de convenio con
MSP.
En esta ocasión sí será aprobado por mayoría absoluta.
VOTARON A FAVOR:
Jesús Fernández García, Evelia Fernández Pérez, Luciano Díez Moreno,
Agustín González Verdejo, Emigdio Puente Fernández, Pedro Fernández
Álvarez, Nieves Fernández Rabanal, Rafael López Martínez y Antonio
Terrón Pérez.
VOTOS
EN CONTRA:
Guillermo Murias Andonegui.
AUSENCIAS:
Luis Trabadela Moares, Manuel E. Rodríguez Barrero, Carmelo Tomás
Lorenzo Carbajo, José García Coque, Ángel Abajo Abajo, Tomás Bejega
Fernández, e Ignacio Castellanos Alves.
En esa misma sesión se
trata otro punto de gran importancia, EL EXPEDIENTE DE ACTIVIDADES
MOLESTAS, INSALUBRES, NOCIVAS Y PELIGROSAS.
He aquí
la trascripción literal del acta de dicha sesión:
Visto el expediente
sobre solicitud de licencia de apertura de industria, formulada por don
Joaquín Rodríguez Alonso, en nombre de Minero Siderúrgica de Ponferrada,
S.A., Y teniendo que emitir esta Corporación informe, según previene el
vigente Reglamento sobre Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y
Peligrosas, y vistos los trámites llevados a cabo en el presente
expediente y en particular el informe del Sr. Secretario de esta
Corporación, se acuerda informar:
1. - El
emplazamiento de la actividad a que se refiere el presente expediente,
así como las demás circunstancias de dicha actividad, si están de
acuerdo con las Ordenanzas Municipales y con lo dispuesto en el vigente
Reglamento de 30 de noviembre de 1.961 sobre Actividades Molestas,
Insalubres, Nocivas y Peligrosas, por cuanto, a juicio de esta
Corporación, no existe inconveniente en conceder la licencia
solicitada, de Lavadero de Carbón y Vertedero de estériles de carbón.
2. - En la zona de
emplazamiento y sus proximidades, no existen otras actividades análogas
que puedan producir efectos aditivos, por lo que se hace constar que no
se opone esta Corporación a informar favorablemente el expediente para
la concesión
de la licencia
solicitada.
Votos a favor de
dicho acuerdo, nueve y en contra uno, del Sr. Concejal D. Guillermo
Murias Andonegui.
A continuación, se
hacen constar las intervenciones:
D.
Jesús Fernández García:
Decir que no es que se esté aprobando aquí el expediente de Actividades
Molestas, sino que se aprueba o se determina su envío al Organismo
correspondiente.
Sr. Secretario:
Bueno, resumido es así, en realidad lo que se hace es emitir un informe
por parte de la Corporación para remitir el expediente a la Comisión
Provincial de Saneamiento de León, el informe puede ser favorable o
desfavorable, el que sea favorable o desfavorable, normalmente, viene en
virtud de los documentos que están aportados al mismo, no los conozco
todos, pero he visto ya varios ahora en este momento, unos que son
favorables y, en concreto, más o menos, el formulario del expediente que
viene prácticamente hecho, es el que consta al principio del acuerdo y
fue leído íntegramente.
D.
Pedro Fernández Álvarez:
El hecho de traer aquí este punto del orden del día es una voluntad
política del grupo socialista del Ayuntamiento de Villablino y que a la
vez, yo propongo que siendo concordante el informe de la Comisión de
Obras con el borrador expuesto por el señor Secretario, prefiero que se
emita el informe como el borrador propuesto por el señor Secretario, que
en el figura con claridad la voluntad, la implícita concesión de la
licencia en este acuerdo del dictamen del expediente de actividades
molestas, insalubres, nocivas y peligrosas.
D.
Jesús Fernández García:
Bien, se dice implícitamente, pero no explícitamente.
FALACIAS E IRREGULARIDADES
Contrariamente a
lo que se pretende hacer creer, este no es un expediente más. Ni mucho
menos. Un expediente de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y
Peligrosas, requiere obligatoriamente informe favorable o desfavorable
del Ayuntamiento.
El Alcalde
miente cuando afirma que: “no
es que se esté aprobando aquí el expediente de Actividades Molestas,
sino que se aprueba o se determina su envío al Organismo
correspondiente”
De hecho, el
Secretario en su intervención lo deja bastante claro, pese a los
quiebros y requiebros que hace para estar en sintonía con el alcalde.
Mucho más
explicito, quizá por su torpeza, es el portavoz del grupo socialista,
Pedro Fernández, éste ya propone la concesión de la licencia.
Tampoco es
cierto que el emplazamiento de dicha actividad esté de acuerdo con las
ordenanzas municipales.
Para que el
Ayuntamiento pueda conceder la licencia de obra, primero tendrá que
modificar el Plan General de Ordenación Urbana. Dicha modificación no se
llevará a cabo. Consiguientemente, se ha construido el Lavadero en unos
terrenos que no tenían la calificación de edificables. Lo que constituye
una infracción urbanística muy grave.
Quizá por ese
motivo, el Ayuntamiento nunca concederá la preceptiva licencia de obra.
Es decir, que una instalación de esa envergadura se ha construido sin
licencia de obra.
Pero no acaban
ahí las irregularidades. Esa instalación tampoco tiene licencia de
actividad.
En resumen, que
en este como en otros muchos casos, la connivencia para la comisión de
irregularidades entre MSP y los gestores municipales socialistas, ha
quedado reflejada con absoluta nitidez. Ninguno de estos insignes
defensores del interés general acabará, sin embargo, en los juzgados, lo
que demuestra la pasividad de la sociedad civil lacianiega.
LA PRUEBA DE LA PREVARICACIÓN
CONCEPCION BOTO PRIETO, Secretaria Accidental del Ilmo. Ayuntamiento de
VILLABLINO (LEON),
CERTIFICO.- Que, consultados los archivos municipales, no obra en los
mismos licencia de obra alguna concedida a MSP S.A., para la
construcción del lavadero de Villablino.
Igualmente, examinado el Libro de Actas de la Comisión de Gobierno de
este Ayuntamiento, no figura en el mismo acuerdo alguno relativo a la
concesión de la referida Licencia de Obras.
Para que así conste, a petición del Juzgado de Primera Instancia
número catorce, de Madrid, expido la presente, de orden del señor
Alcalde y con su visto bueno, en Villablino, a dos de septiembre de mil
novecientos noventa y siete.
Fdo. Guillermo Murias Andonegui
inicio
|